26 de Noviembre de 2014
Inexplicables e imperdonables demoras
Puede considerarse que una administración paga tarde cuando han pasado más de 30 días desde la fecha de aprobación de una factura o certificación de obra, para lo que se dispone de otros 30 días. En total, 60 como máximo desde que se recibió. En el Ayuntamiento, el periodo medio de pago de las facturas abonadas en el tercer trimestre de 2014 fue de 92 días. Por su parte, el retraso medio de las que quedaron sin pagar fue de 355, lo que arroja una media ponderada de 141 días. Dado que el límite está en 60 días, puede afirmarse sin ningún género de duda que el Ayuntamiento incumple la legislación vigente en materia de morosidad. Recientemente, además, se ha publicado un nuevo Real Decreto para calcular otro tipo de periodo medio de pago (en el que, por ejemplo, solo se tienen en cuenta las facturas de 2014, y además se restan 30 días en la demora de cada factura, por lo que la cifra es mucho menor). Baste decir que Burgos es la capital de provincia de Castilla y León que obtiene un peor resultado en este cálculo, y la única, junto con Ávila, que incumple este Real Decreto.
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